Compra de Biocombustibles de Origen Vegetal o Animal
Compra de Biocombustibles de Origen Vegetal o Animal
Beneficio Tributario
La compra de biocombustibles de origen vegetal o animal para uso en motores Diesel de producción Nacional con destino a la mezcla con ACPM, es una actividad exenta del impuesto al valor agregado (IVA). (Art. 477 E.T., numeral 1).
![](https://beneficios-tributarios.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2021/06/06-Beneficios-Tributarios-Compra-biocombustibles.jpg)
¿Cómo aplica?
¿Qué biocombustibles son considerados por la legislación como de origen vegetal o animal?
Aquellos combustibles líquidos o gaseosos que han sido obtenidos de un vegetal o animal, y que se puedan emplear en procesos de combustión y que cumplan con las definiciones y normas de calidad establecidas por la autoridad competente, destinados a ser sustituto parcial o total del ACPM utilizado en motores Diesel. (Articulo 6to del Decreto 939 de 2004)
Los productos listados a continuación se consideran biocombustibles para motores Diesel:
a) Bioetanol
b) Biodiesel
c) Biometano. Metanol producido a partir de Biomasa
d) Biodimetileter
e) Biocombustibles sintéticos
f) Biohidrógeno
g) Aceites Vegetales Puros